FINJUS considera normativa procesal no penal debe asegurar el ejercicio de los derechos ciudadanos

viernes, 5 de julio de 2013 14:36 By Augusto Socìas

El derecho procesal debe funcionar como el brazo ejecutor de las políticas públicas, para asegurar el bienestar general y el pleno ejercicio de los  derechos ciudadanos,  declaró  el vicepresidente ejecutivo de Fundación Institucionalidad y Justicia (FINJUS) durante la jornada inaugural del “Diálogo Iberoamericano de Derecho Procesal no Penal”.

El doctor Servio Tulio Castaños Guzmán afirmó que “la reforma  de  los procedimientos no penales concitan un interés cada vez mayor en la vida jurídica de nuestro país, en este caso no únicamente debido a la reforma constitucional de 2010 sino también en razón de la gran ola de reformas normativas que se han sucedido en el plano nacional, que han conllevado avances en el sistema de justicia”.

Castaño Guzmán pronunció el discurso de apertura de Seminario Internacional Diálogo Iberoamericano de Derecho Procesal no Penal, organizado por FINJUS  conjuntamente con el Instituto Dominicano de Derecho Procesal, el Centro de Estudios de Justicia de las Américas y el Instituto Iberoamericano de Derecho Procesal y el patrocinio del Poder Judicial y la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional.
Indicó que el evento reúne a destacados maestros ius-procesalistas, incluyendo 8 profesores y magistrados internacionales y  cerca de 30 especialistas nacionales, compartiendo las experiencias y avances registrados  en este campo.

La mesa de honor de la ceremonia inaugural estuvo constituida por el magistrado  Mariano Germán, Presidente de la Suprema Corte de Justicia; licenciado Rafael del Toro, Presidente del Consejo de Directores de FINJUs; licenciado Angel Landoni, Presidente del Instituto Iberoamericano de Derecho Procesal; Magistgrado  José Alberto Cruceta, Presidente del Instituto Dominicano de Derecho Procesal y  magistrado de la Suprema Corte de Justicia; licenciado Erick Ríos, Encargado de Capacitación del Centro de Estudios Judiciales de las Américas y; y Fernando Martínez, Director Ejecutivo del Instituto Iberoamericano del Instituto Dominicano de Derecho Procesal.


El doctor Castaños Guzmán expresó que “un evento de esta naturaleza, pionero en esta rama innovadora en el campo del derecho, es el marco para replantear algunos de los retos más importantes que enfrenta la justicia dominicana, a la luz de las lecciones aprendidas en esta materia en el plano regional e internacional.

Significó que “durante décadas han quedado  rezagados por los grandes códigos nacionales, que limitan de manera significativa el enfrentamiento de los retos que implica el mundo globalizado, las nuevas tendencias internacionales en áreas vitales para la económica, la política y la sociedad y que constituyen el día a día de nuestro desarrollo”.

Agregó que  el  marco de las reformas pendientes destacan los asuntos procesales, “porque muchos de ellos están directamente conectados con mecanismos de tutela judicial que sean lo suficientemente efectivos como para responder a la diversidad de situaciones y condiciones sociales que acompañan al ejercicio natural de las sociedades”.

“En FINJUS venimos advirtiendo desde la reforma constitucional de 2010, que debemos advocarnos como país a la adaptación de la integralidad de nuestro ordenamiento a los nuevos lineamientos constitucionales que en seguimiento a la Clásula de Estado Social y Democrático de Derecho se fundan en el respeto y defensa de la dignidad humana y derechos fundamentales con la justicia e imperio de la ley como principios transversales a todo el ordenamiento”.

Dijo que la Constitución de 2010 plantea un marco claro para abordar de manera sistemática e integral el conjunto de disposiciones dirigidas a definir los fines y funciones del poder y procedimientos judiciales en el marco de un Estado social y democrático de derecho.

“En específico el artículo 69 del texto constitucional sobre Tutela Judicial Efectiva y Debido Proceso describe las garantías mínimas a la que debe responder la administración de justicia y el artículo 7.4 de la Ley Orgánica  Orgánica del Tribunal y Procedimientos Constitucionales ha establecido que de ser necesario los jueces podrán aplicar procedimientos diferenciados para lograr dicha tutela”, apuntó el doctor Servio tulio Castaños Guzmán.­­­///



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