Leonel declara de utilida terrenos segunda línea Metro
lunes, 27 de abril de 2009 7:58 By Augusto Socìas
El presidente Leonel Fernández declaró de utilidad pública e interés social 20 parcelas en Los Alcarrizos cuyos terrenos se utilizarán en la construcción de patios y talleres de la Línea 2 del Metro de Santo Domingo y la estación de transferencia del Tren de Carga y Pasajeros Santiago-Los Alcarrizos-Puerto de Haina.La porción de terreno que se utilizará para la infraestructura ferroviaria se denomina polígono catastral, definido por las coordenadas UTM NAD 83.
El polígono está ubicado al oeste de la autopista Duarte y al sur de Los Alcarrizos, terrenos que corresponden al Distrito Catastral No. 12.Las parcelas expropiadas son las números 5,7, 7-B, 8-A-I, 8-A-I-B-I, la B-132- 8-B-C-005-12647 y la 48; las 8-B-2, B-3-C, B-3-C-1, C-2, C-3, C-4, C-5; la 49 y 50.
El decreto 691-08 establece que la solicitud de declaratoria de utilidad pública fue formulada al Poder Ejecutivo por el director de la Oficina para el Reordenamiento del Transporte, el 2 de septiembre del 2008.
La disposición establece que en caso de no llegarse a un acuerdo amigable con los propietarios de los inmuebles que resulten afectados y se encuentren dentro de las porciones de terrenos indicados, para la compra de grado a grado por el Estado dominicano, el administrador general de Bienes Nacionales realizará todos los actos, procedimientos y recursos, tanto ordinarios como extraordinarios, de acuerdo a las leyes, para obtener la expropiación de los terrenos.
El polígono está ubicado al oeste de la autopista Duarte y al sur de Los Alcarrizos, terrenos que corresponden al Distrito Catastral No. 12.Las parcelas expropiadas son las números 5,7, 7-B, 8-A-I, 8-A-I-B-I, la B-132- 8-B-C-005-12647 y la 48; las 8-B-2, B-3-C, B-3-C-1, C-2, C-3, C-4, C-5; la 49 y 50.
El decreto 691-08 establece que la solicitud de declaratoria de utilidad pública fue formulada al Poder Ejecutivo por el director de la Oficina para el Reordenamiento del Transporte, el 2 de septiembre del 2008.
La disposición establece que en caso de no llegarse a un acuerdo amigable con los propietarios de los inmuebles que resulten afectados y se encuentren dentro de las porciones de terrenos indicados, para la compra de grado a grado por el Estado dominicano, el administrador general de Bienes Nacionales realizará todos los actos, procedimientos y recursos, tanto ordinarios como extraordinarios, de acuerdo a las leyes, para obtener la expropiación de los terrenos.
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
0 comentarios:
Publicar un comentario